{"id":3996,"date":"2013-08-09T13:46:50","date_gmt":"2013-08-09T11:46:50","guid":{"rendered":"http:\/\/www.valenciabass.com\/?p=3996"},"modified":"2013-08-09T13:46:50","modified_gmt":"2013-08-09T11:46:50","slug":"real-decreto-6302013-aebass","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.valenciabass.com\/?p=3996","title":{"rendered":"Real Decreto 630\/2013 &#8211; AEBass"},"content":{"rendered":"<p>Os hacemos llegar un comunicado difundido por la Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Black-bass (AEBass) respecto a la publicaci\u00f3n del nuevo Real Decreto (RD) 630\/2013 como resultado de su gran labor en la defensa del bass. Desde el Valencia Bass Club, una vez m\u00e1s damos todo nuestro apoyo a la AEBass.<\/p>\n<p>Recibe un cordial saludo,<\/p>\n<p>Valencia Bass Club<\/p>\n<hr \/>\n<p>Sin lanzar en exceso las campanas al vuelo, la publicaci\u00f3n de la derogaci\u00f3n del RD 1628\/2011, aprobada en el Consejo de Ministros del pasado viernes 02 de agosto mediante el <a title=\"RD 630\/2013\" href=\"http:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2013\/08\/03\/pdfs\/BOE-A-2013-8565.pdf\" target=\"_blank\">nuevo Real Decreto 630\/2013<\/a> donde se reconducen la situaci\u00f3n de la pesca como afici\u00f3n\/deporte sobre algunas especies, incluido nuestro black-bass.<\/p>\n<p>Donde antes el practicante de la pesca del black-bass era un delincuente, porque tras la captura el pez ten\u00eda que ser sacrificado obligatoriamente, ahora este ejemplar se puede pescar y soltar in situ sin ser considerado ni delito, ni falta alguna, seg\u00fan se deriva de la lectura de la Disposici\u00f3n Transitoria Segunda, relativo a la captura de peces introducidos en el pasado por la Administraci\u00f3n, como han sido el lucio y el black-bass, que nos dice textualmente:<\/p>\n<blockquote><p>En todo caso, y trat\u00e1ndose de ejemplares de especies susceptibles de aprovechamiento pisc\u00edcola, s\u00f3lo se considerar\u00e1 adquirida su posesi\u00f3n cuando se hayan extra\u00eddo del medio natural en el marco del citado aprovechamiento y no les resulte posible regresar al mismo.<\/p><\/blockquote>\n<p>No deja lugar a dudas de que recoge la posibilidad de la pr\u00e1ctica del \u201ccaptura y suelta\u201d de ambas especies y es la forma como ha entendido la administraci\u00f3n de definir y\/o determinar lo que para ella es la pr\u00e1ctica de la captura y suelta en la acci\u00f3n de pesca.<\/p>\n<p>El texto literal aprobado dice:<\/p>\n<blockquote><p>Especies catalogadas introducidas en el medio natural con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42\/2007, de 13 de diciembre, objeto de aprovechamiento pisc\u00edcola o cineg\u00e9tico. Para evitar que las especies catalogadas objeto de aprovechamiento pisc\u00edcola o cineg\u00e9tico, introducidas en el medio natural antes de la entrada en vigor de la Ley 42\/2007, de 13 de diciembre, se extiendan fuera de los l\u00edmites de sus \u00e1reas de distribuci\u00f3n anteriores a esa fecha, su gesti\u00f3n, control y posible erradicaci\u00f3n, se podr\u00e1 realizar a trav\u00e9s de la caza y la pesca. En todo caso, y trat\u00e1ndose de ejemplares de especies susceptibles de aprovechamiento pisc\u00edcola, s\u00f3lo se considerar\u00e1 adquirida su posesi\u00f3n cuando se hayan extra\u00eddo del medio natural en el marco del citado aprovechamiento y no les resulte posible regresar al mismo. Para los ejemplares de estas especies objeto de caza y pesca, estar\u00e1 permitida la posesi\u00f3n y el transporte de los ejemplares capturados, una vez sacrificados, y cuando sea con fines de autoconsumo (incluido trofeos) o dep\u00f3sito en lugar apropiado para su eliminaci\u00f3n.<\/p><\/blockquote>\n<p>Lo destacable de esta nueva RD 630\/2013, como comentamos, es que permita esta pesca solo en ciertos espacios o escenarios y que pr\u00f3ximamente las distintas CCAA publicar\u00e1n, tras su <em>mapeo<\/em>, los escenarios donde ya esta estable el black-bass desde hace muchos a\u00f1os y que mientras las distintas CCAA no lleven a efecto el <em>mapeo<\/em> que determina las zonas o \u00e1reas de distribuci\u00f3n en las que solo ha de ser posible la pr\u00e1ctica de la captura y suelta, esta se puede realizar en todas las aguas en que el black-bass y el lucio hayan podido ser capturados en el desarrollo de la pesca, sin delimitaci\u00f3n alguna. As\u00ed recordamos que se consider\u00f3 en alguna de las reuniones que hemos tenido con responsables de Medio Ambiente de alguna Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>Ante este posicionamiento de las diferentes CCAA, comentaros que la AEBass lleva manteniendo reuniones peri\u00f3dicas con el fin de informar y documentar sobre esta pr\u00e1ctica deportiva de la pesca del black-bass. Estas reuniones han permitido en algunos casos, contar incluso, con el apoyo de algunas de estas CCAA para oficial y p\u00fablicamente obtener la defensa de nuestro pez.<\/p>\n<p>Una vez restaurada esta situaci\u00f3n (que pese a que algunos piensen que no era importante realmente era de una gravedad absoluta), nos permite por un lado continuar con nuestra actividad sin sobresaltos ni incumplimientos legales, pero por otro lado y en segundo lugar, nos obliga a continuar con nuestra lucha.<\/p>\n<p>Nuestro trabajo ahora, y de ah\u00ed la primera frase de este documento (<em>sin lanzar en exceso las campanas al vuelo<\/em>), nos exige continuar realizando acciones de defensa de nuestros peces y nuestra afici\u00f3n, nuestro objetivo pretende descatalogar o naturalizar esta situaci\u00f3n para lo que necesitamos una mayor ayuda e implicaci\u00f3n de todos los afectados y aficionados. Pero esto ser\u00e1 otra cuesti\u00f3n de la que os iremos informando, ahora toca celebrar, disfrutar y difundir que hemos conseguido reconducir aquella situaci\u00f3n en la que los pescadores \u00e9ramos unos delincuentes y poco m\u00e1s que unos piratas medioambientales que atentaban sobre los ecosistemas acu\u00e1ticos y que por fin algunos de nuestros pol\u00edticos se han dado cuenta de la tremenda aberraci\u00f3n y repercusi\u00f3n ut\u00f3pica que pretend\u00eda el RD 1628\/2011<\/p>\n<p>Desde la AEBass seguiremos trabajando.<\/p>\n<p>AEBass<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Os hacemos llegar un comunicado difundido por la Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Black-bass (AEBass) respecto a la publicaci\u00f3n del nuevo Real Decreto (RD) 630\/2013 como resultado de su gran labor en la defensa del bass. 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